
Los estudiantes universitarios de Totana recibirán ayudas para su formación en universidades extrajeras
La Concejalía de Educación ha establecido el procedimiento para la concesión de las mismas
La Concejalía de Educación establece el procedimiento para la concesión de ayudas a universitarios para su formación en universidades extranjeras, esto es, definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y justificación de ayuda a estudiantes, empadronados en el municipio de Totana, que sean beneficiarios de una beca a través del Programa de Movilidad Erasmus.
El Ayuntamiento viene colaborando con distintas universidades españolas para la formación de estudiantes de nuestro municipio en universidades extranjeras; y, dado que está consolidada este tipo de formación, se hace necesario establecer el procedimiento para la solicitud de estas ayudas en el catálogo de trámites de este organismo de manera que se facilite el acceso de los interesados a este tipo de ayudas al estudio.
Tal y como explican fuentes municipales, los beneficiarios pueden ser los estudiantes universitarios empadronados en Totana con una antelación mínima de un año a la fecha de la concesión de la beca Erasmus por una universidad española.
Los requisitos de los solicitantes son que deben ser estudiantes universitarios en una universidad española pública o privada, ser beneficiario de una beca Erasmus en una universidad española pública o privada o estar dado de alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Totana, como mínimo, desde un año antes a la fecha de solicitud de la beca.
En este sentido, las mismas fuentes señalan que, para la solicitud, los interesados deberán presentar certificado expedido por el órgano competente de la universidad donde curse sus estudios en el que conste que el solicitante es beneficiario de la beca de movilidad bajo el programa Erasmus y los meses de estancia en el extranjero durante el curso académico correspondiente, así como certificado de titularidad de cuenta bancaria en el que el alumno solicitante figure como titular.
Además, para la justificación, el beneficiario deberá presentar documentación acreditativa del centro de destino y los meses de permanencia en el mismo. Se establece un plazo máximo de un mes para la presentación del documento una vez finalizada la estancia en el extranjero, quedando sin efecto la concesión si no se aporta en dicho plazo.
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