
Aprobada la convocatoria de subvenciones del programa “Cuota Cero Ampliada”
La cuantía de la subvención asciende a 2.920 euros para todos los colectivos
La Concejalía de Empleo comunica que el Servicio Regional de Empleo y Formación, en resolución de 17 de febrero de 2025, ha aprobado la convocatoria de subvenciones del programa de subvenciones “Cuota Cero Ampliada”.
Esta subvención se otorga por la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Tal y como detallan fuentes municipales, las personas beneficiarias de la misma pueden ser personas que causen alta inicial en RETA y que no hayan estado en situación de alta en dicho régimen en los dos años inmediatamente anteriores; o mujeres que habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
Según explican, la cuantía de la subvención asciende a 2.920 euros para todos los colectivos y el pago se realizará por una sola vez y por transferencia bancaria.
Solicitudes
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia o formulario, de uso obligatorio, elaborado para cada modalidad de subvención disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 4091) e irán dirigidas a la directora general del SEF.
El plazo de presentación de solicitud es desde el 22 de febrero hasta 31 de octubre de 2025.
Además, indican que el plazo individualizado de las solicitudes es de un mes contado a partir de la fecha de alta en RETA.
El plazo se iniciará el mismo día del alta en RETA y concluirá el mismo día en que se produjo el alta en RETA en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Se admitirán las solicitudes de subvención de las altas en el RETA producidas a partir del 1 de noviembre de 2024.
En el caso de altas en el RETA realizadas a partir esta fecha, y antes de la publicación de la convocatoria, el plazo de subvención será del 22 de febrero hasta el 24 de marzo de 2025.
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